Artículo 335.2 Ley de Enjuiciamiento Civil
Al emitir el dictamen es común que el abogado, el cliente o el mismo juzgado exija lo dispuesto en el 335.2 de la LEC El firmante del presente peritaje DECLARA, bajo su única responsabilidad, que todo lo que afirma en el presente dictamen se basa únicamente en los hechos que ha podido constatar y en […]