La legislación y los peritos

En la propia mecánica procesal de un asunto aparece a menudo la figura del perito que aporte su informe técnico o su opinión testifical en un juicio.  Resulta conveniente para el perito conocer las etapas en el proceso judicial, los plazos, las fuentes de referencia, etc. En resumen, saber dónde se maneja en asuntos tan diferentes del propio pero tan inherentes a la realización de su trabajo.

Fuera ya del ámbito puramente procesal, donde una correcta simbiosis con un abogado será muy beneficiosa, hay todo un abanico de legislación que conviene conocer:

Ésa es la fuente, en la experiencia, en la que una correcta mecánica general tanto en fondo como en forma redundará en una calidad mucho mayor del informe pericial y, por tanto, del trabajo realizado.

Pagos y cobros

Pillados en mitad de la coyuntura actual, con la crisis de marras entre las manos, los asuntos que se llevan terminan duplicando el esfuerzo que se requiere para su rentabilidad.

Ya no se trata sólo de trabajo realizado y posterior cobro. Se trata de las inercias y las bolas que las “deudas encadenadas” generan. Los asuntos que se encargan pueden llevar una provisión de fondos que permita cubrir, al menos, los costes iniciales del proyecto en cuanto a desplazamientos, recursos, materiales y licencias. El montante restante se acuerda de forma bilateral entre las partes (perito y cliente) a la entrega del informe pericial o a la finalización del asunto.

Las causas más habituales de demora en los pagos que me he encontrado son:

Asuntos laborales, despidos, dejación de funciones, etc

En plena crisis abundan los encargos de asuntos en los que se hace necesaria una práctica pericial para ayudar en la determinación de razón en la procedencia de un despido. Sucede tan a menudo que, de nuevo, nos preguntamos por qué no se consulta con un analista o un perito antes de tener que llegar a los juzgados.

Por costes, por comodidad, tiempo y reputación de las empresas y los trabajadores, aconsejamos la consulta con un experto en prácticas laborales, jurídicas o tecnológicas antes de proceder a despidos improcedentes, vulneraciones de derechos de privacidad e intimidad. Aunque, cierto es, con frecuencia se parte del desconocimiento legal más que del tecnológico.