Artículo 335.2 Ley de Enjuiciamiento Civil
Al emitir el dictamen es común que el abogado, el cliente o el mismo juzgado exija lo dispuesto en el 335.2 de la LEC
El firmante del presente peritaje DECLARA, bajo su única responsabilidad, que todo lo que afirma en el presente dictamen se basa únicamente en los hechos que ha podido constatar y en su propio conocimiento y experiencia adquirida en el ejercicio profesional.
También DECLARA conocer las responsabilidades civiles, penales, disciplinarias y asociativas que comporta la aceptación del cargo de perito y la realización del presente informe, al amparo del artículo 335.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que reza así:
“Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliere su deber como perito”.
Este juramento o promesa se repetirá al inicio de su declaración.
¿Por qué contratar a un perito de parte?
El perito no puede faltar a la verdad. Pero no conviene olvidar la importancia de que las partes aporten sus dictámenes informáticos periciales con la demanda y contestación, insistiendo en las ventajas e inconvenientes que se derivan de la designación o no de peritos informáticos nombrados directamente por las partes.
Cuáles son las ventajas de la designación de perito informático por la parte:
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Llamadas del 1485
Siguiendo con mi post de “Las cosas que no hago”, quiero contar algo que ha sucedido hoy.
Una persona se ha puesto en contacto conmigo diciendo que llamaba de la empresa “Pepe el de los palotes, SL”. Me dice que le están llamando desde el 1485 y que si puede denunciarlos. Le digo que me cuente algo más y me relata que está recibiendo llamadas de ese número en todas sus líneas, que nadie responde y que el volumen de llamadas es alto y en horarios que pueden ir desde las 8 de la mañana a las 12 de la noche. Su propósito, sigue, es denunciarlos para que aprendan y para que los dejen en paz.
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