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	<title>Jesus Nieto Perito Informatico Pruebas periciales  Peritajes &#187; General</title>
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	<description>Perito Informático &#124; Informe y prueba pericial  Perito de parte y judicial. Jesus Nieto</description>
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		<title>La legislación y los peritos</title>
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		<pubDate>Wed, 16 Mar 2011 14:10:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[En la propia mecánica procesal de un asunto aparece a menudo la figura del perito que aporte su informe técnico o su opinión testifical en un juicio.  Resulta conveniente para el perito conocer las etapas en el proceso judicial, los plazos, las fuentes de referencia, etc. En resumen, saber dónde se maneja en asuntos tan [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En la propia mecánica procesal de un asunto aparece a menudo la figura del perito que aporte su informe técnico o su opinión testifical en un juicio.  Resulta conveniente para el perito conocer las etapas en el proceso judicial, los plazos, las fuentes de referencia, etc. En resumen, saber dónde se maneja en asuntos tan diferentes del propio pero tan inherentes a la realización de su trabajo.</p>
<p>Fuera ya del ámbito puramente procesal, donde una correcta simbiosis con un abogado será muy beneficiosa, hay todo un abanico de legislación que conviene conocer:</p>
<ul>
<li>Ley de Enjuiciamiento Civil</li>
<li>Código Penal (en sus apartados competentes)</li>
<li>Ley Orgánica de Protección de Datos</li>
<li>Reglamentos de Medidas de Seguridad</li>
<li>Ley de Servicios de la Sociedad de la Información</li>
<li>Ley de Sostenibilidad</li>
<li>&#8230;</li>
</ul>
<p>Ésa es la fuente, en la experiencia, en la que una correcta mecánica general tanto en fondo como en forma redundará en una calidad mucho mayor del informe pericial y, por tanto, del trabajo realizado.</p>
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		<title>III Jornadas de Peritaje Informático CPIIEX</title>
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		<pubDate>Mon, 30 Nov 2009 12:17:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[El Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura organiza las III Jornadas de Peritaje Informático de Extremadura, bajo el título: “La experiencia en el peritaje informático”. Estas jornadas se celebrarán el viernes 11 de diciembre de 2009, en horario de 16:30 a 21:00 y el sábado 12 de diciembre de 2009, en horario de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;">El Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura organiza las III Jornadas de Peritaje Informático de Extremadura, bajo el título: “La experiencia en el peritaje informático”.</p>
<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;">
<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;"><img class="size-medium wp-image-86 alignleft" title="jornadas" src="http://www.jesusnieto.es/wp-content/upLoads/jornadas-212x300.jpg" alt="jornadas" width="212" height="300" /></p>
<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;">
<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;">Estas jornadas se celebrarán el viernes 11 de diciembre de 2009, en horario de 16:30 a 21:00 y el sábado 12 de diciembre de 2009, en horario de 9:00 a 14:30 horas.</p>
<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;"><strong>He tenido el privilegio de ser invitado como ponente junto a D. José Antonio Martínez y D. Javier Maestre.</strong></p>
<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;">
<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;">Allí me encontraré con amigos y compañeros de facultad. Todo un placer.</p>
<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;">
<p style="margin-top: 0px; margin-bottom: 5px; text-align: left; font-family: Tahoma, Helvetica, Arial, sans-serif; line-height: 1.3em; font-size: 1em; color: #333333;">
]]></content:encoded>
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		<title>Recuperación forense y laboratorios</title>
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		<pubDate>Tue, 27 Oct 2009 11:04:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[discos duros]]></category>
		<category><![CDATA[llaves usb]]></category>
		<category><![CDATA[recuperación información]]></category>
		<category><![CDATA[tarjetas de memoria]]></category>

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		<description><![CDATA[A menudo una política incorrecta en los protocolos o las comprobaciones de las copias de seguridad da lugar a una pérdida que se estima irreparable en información necesaria. Esto sucede no sólo a nivel empresarial, sino también a nivel particular. El valor de la información para una empresa puede residir en los ficheros de seguimiento, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>A menudo una política incorrecta en los protocolos o las comprobaciones de las copias de seguridad da lugar a una pérdida que se estima irreparable en información necesaria. Esto sucede no sólo a nivel empresarial, sino también a nivel particular. El valor de la información para una empresa puede residir en los ficheros de seguimiento, facturación o proyectos de sus clientes. Para un particular pueden ser, por ejemplo, fotos personales.</p>
<p>Siempre que no se estime dolo en la pérdida de esta información, o perjuicio voluntario en la pérdida y no se quiera valorar la contratación de un perito informático, conviene saber que no todo está perdido. Hay empresas de recuperación de datos, reparación de daños físicos y/o lógicos en soportes magnéticos: discos duros, tarjetas de memoria, llaves USB, etc. Aunque no es un servicio económico (siempre depende de qué tipo de daño tenga el soporte) sí que es una última esperanza para no despedirse de la información para siempre.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>¿Por qué contratar a un perito de parte?</title>
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		<pubDate>Fri, 03 Apr 2009 09:49:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[contratar]]></category>
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		<category><![CDATA[parte]]></category>
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		<description><![CDATA[El perito no puede faltar a la verdad. Pero no conviene olvidar la importancia de que las partes aporten sus dictámenes informáticos periciales con la demanda y contestación, insistiendo en las ventajas e inconvenientes que se derivan de la designación o no de peritos informáticos nombrados directamente por las partes. Cuáles son las ventajas de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El perito no puede faltar a la verdad. Pero no conviene olvidar la importancia de que las partes aporten sus dictámenes informáticos periciales con la demanda y contestación, insistiendo en las ventajas e inconvenientes que se derivan de la designación o no de peritos informáticos nombrados directamente por las partes.</p>
<p><strong>Cuáles son las ventajas de la designación de perito informático por la parte</strong>:</p>
<li> Elección libre del perito informático adecuado, en función de su competencia y conocimientos específicos.</li>
<li>Negociación de la cuantía y forma de pago de los honorarios del perito informático.</li>
<li> Establecimiento de conversaciones y entrevistas con el perito informático y solicitud de consejo y colaboración, sin que ello afecte a la objetividad e imparcialidad de dictamen informático (motivo de tacha)<span id="more-65"></span></li>
<li> La demanda (o contestación) es encaminada conforme a los consejos técnicos del perito informático (o incluso no se llega a presentar si no hay posibilidad de éxito) con el consiguiente beneficio para el cliente y ahorro de costes.</li>
<li> Obtención de crítica constructiva del dictamen del perito informático de la parte contraria, desvirtuando el valor probatorio del mismo.</li>
<p><strong>Inconvenientes de la no designación de perito informático por la parte</strong>:</p>
<li> Se presenta la demanda (o contestación) sin asesoramiento previo técnico, con el riesgo que ello supone.</li>
<li> El perito informático designado por el Juzgado puede que no tenga toda la competencia técnica específica deseable, ya que se elige al azar entre amplios listados, a veces sin la conveniente contrastación.</li>
<li>Es difícil mantener conversaciones y entrevistas sobre las circunstancias de la pericia informática, pues son generalmente rechazadas por el propio perito informático.</li>
<li> Los honorarios son muy difíciles o imposibles de negociar, con el consiguiente riesgo de quedarse sin prueba en caso de no ser aceptados íntegramente (art. 342.3/LEC).</li>
<li> El dictamen informático pericial tal vez no sea favorable a los intereses del cliente y en su consecuencia la acción no prospera, lo que no hubiera sucedido si se hubiese contado previamente con la opinión de un experto perito informático más cercano al cliente y con mayor conocimiento de su caso.</li>
<li>No va a realizar una crítica constructiva del perito informático de la parte contraria, por no ser su cometido.</li>
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		<title>Llamadas del 1485</title>
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		<pubDate>Mon, 30 Mar 2009 16:33:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
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		<category><![CDATA[1485]]></category>
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		<category><![CDATA[telecomunicaciones]]></category>

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		<description><![CDATA[Siguiendo con mi post de &#8220;Las cosas que no hago&#8221;, quiero contar algo que ha sucedido hoy. Una persona se ha puesto en contacto conmigo diciendo que llamaba de la empresa &#8220;Pepe el de los palotes, SL&#8221;. Me dice que le están llamando desde el 1485 y que si puede denunciarlos. Le digo que me [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Siguiendo con mi <a href="http://www.jesusnieto.es/2009/03/las-cosas-que-no-hago/">post </a>de &#8220;Las cosas que no hago&#8221;, quiero contar algo que ha sucedido hoy.</p>
<p>Una persona se ha puesto en contacto conmigo diciendo que llamaba de la empresa &#8220;Pepe el de los palotes, SL&#8221;. Me dice que le están llamando desde el 1485 y que si puede denunciarlos. Le digo que me cuente algo más y me relata que está recibiendo llamadas de ese número en todas sus líneas, que nadie responde y que el volumen de llamadas es alto y en horarios que pueden ir desde las 8 de la mañana a las 12 de la noche. Su propósito, sigue, es denunciarlos para que aprendan y para que los dejen en paz.<br />
<span id="more-51"></span><br />
Le tengo que responder que no soy un <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Abogado">abogado</a>. Tampoco soy un <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Notario">notario</a>. En cualquier caso le informo que hay una serie de derechos que tiene como consumidor y como cliente y que hay un buen conjunto de medidas que puede tomar.<br />
Personalmente, por efectividad, siempre recomiendo remitirse a la <a href="http://www.usuariosteleco.es/">Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones.</a></p>
<p><em>Nota: evidentemente el nombre de la empresa no era ése.</em></p>
]]></content:encoded>
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		<title>Las cosas que no hago</title>
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		<pubDate>Wed, 25 Mar 2009 17:16:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[dictamenes]]></category>
		<category><![CDATA[informe]]></category>
		<category><![CDATA[lec]]></category>
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		<description><![CDATA[La Ley de Enjuiciamiento Civil, en el 335.2 dice: Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Ley de Enjuiciamiento Civil, en el 335.2 dice:</p>
<blockquote><p>Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliere su deber como perito.</p></blockquote>
<p><span id="more-45"></span><br />
Por esto, les ruego no contacten conmigo para pedirme que me encargue de asuntos que no puedo tomar. Así que no me pidan:</p>
<li> Que le prepare un informe si somos amigos.</li>
<li>Que le prepare un informe si somos enemigos.</li>
<li> Que le prepare un informe si somos familia.</li>
<li>Que balancee el informe hacia su parte.</li>
<li>Que omita las excepciones en las que el dictamen no es válido.</li>
<li>Que no siga un escrupuloso orden forense en la recolección de las pruebas.</li>
<li>Que use un programa rectificador de imágenes para aclarar una foto de una prueba.</li>
<li>Que introduzca o elimine información en el estudio de un sistema.</li>
<p>Para el resto de asuntos o consultas, quedo a su disposición.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Elegir un ERP</title>
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		<pubDate>Mon, 16 Mar 2009 12:22:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[analista]]></category>
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		<description><![CDATA[A medida que el tamaño de las empresas crece se hace imprescindible mantener la información actualizada, única, accesible a través de una herramienta que nos permita tomar decisiones conforme a la información generada. Un ERP es, del inglés, un Enterprise Resource Planning o Gestor de Recursos Empresariales, en castellano. Cuando las hojas de cálculo, las [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>A medida que el tamaño de las empresas crece se hace imprescindible mantener la información actualizada, única, accesible a través de una herramienta que nos permita tomar decisiones conforme a la información generada.</p>
<p>Un <strong>ERP </strong>es, del inglés, un <em>Enterprise Resource Planning</em> o <em>Gestor de Recursos Empresariales</em>, en castellano. Cuando las hojas de cálculo, las bases de datos y los pequeños programas a medida parece que se quedan cortos, otras veces cuando la competencia acomete el estudio y elección de un ERP, cuando el volumen a manejar es grande o cuando hay que tomar decisiones conforme a información válida rápida y con acceso concurrente, entonces la empresa estudia la elección de un ERP.<br />
<span id="more-31"></span><br />
Y hay casas, de todo tamaño y color, online y offline. Todos los comerciales son fantásticos. El producto es maravilloso. Siempre. Vienen los de Sage, con su Logic Class, y el partner de Navision (ahora Microsoft Dynamics Nav), o el de SAP, y el de MIC2000 y así, varios.</p>
<p>Nadie piensa en contratar un especialista que estudie la empresa y, de manera objetiva e imparcial, asesore qué ERP es el que más se adecúa a las necesidades actuales o al sector de actividad en concreto asesorando en la elección</p>
<p>Desgraciadamente las desaveniencias entre empresa y partner, entre proveedor y cliente a veces llegan. Hay problemas de entendimiento, de plazos, de adecuación, adaptación, implantación, formación o consultas. No hay un canal más cerca del cliente o del proveedor. Parece que se hablan diferentes idiomas.</p>
<p>En último término llegan las amenazas y las demandas civiles.</p>
<p>Porque nadie pensó en contratar un Analista de Sistemas a tiempo.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>La ley de garantías</title>
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		<pubDate>Wed, 04 Mar 2009 11:37:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[avería]]></category>
		<category><![CDATA[comprador]]></category>
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		<category><![CDATA[ordenador]]></category>
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		<description><![CDATA[El ciudadano ya conoce, bien publicitada ha sido, la extensión de las garantías recogidas en la Ley de Garantías. Esta ley, no obstante, requiere de una aclaración más que tal vez no sea conocida por todo el mundo y que puede ayudarnos a conocer nuestros derechos y nuestras obligaciones. A pesar de la entrada en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El ciudadano ya conoce, bien publicitada ha sido, la extensión de las garantías recogidas en la <a href="http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/L23-03.htm">Ley de Garantías</a>. Esta ley, no obstante, requiere de una aclaración más que tal vez no sea conocida por todo el mundo y que puede ayudarnos a conocer nuestros derechos y nuestras obligaciones.<br />
<span id="more-26"></span><br />
A pesar de la entrada en vigor de esta ley, muchos fabricantes siguen estipulando plazos de garantía inferior. En la lectura detallada de la ley hay que darse cuenta que la garantía <strong>real</strong> sigue siendo de <strong>12 meses</strong>. Siempre entendiendo, además, las garantías como ejercicio de opciones de reparación o sustitución de un equipo. El fabricante, en esos 12 meses primeros estará obligado al cambio o reparación del producto siempre que sea <strong>evidente </strong>que el producto no ha tenido un mal uso. A partir de ahí, es sobre el comprador sobre quien recae la llamada <strong>carga de prueba</strong> que demuestre que el defecto ha sido del aparato o dispositivo y no de un mal uso. En este punto se puede, en muchos casos es imprescindible, hacer uso de un perito que lo dictamine. Con este dictamen y con la factura de compra el vendedor puede trasladar su garantía al fabricante.</p>
<p>Ahora, les invito a que investiguen quién paga al perito. Se sorprenderán.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Las dichosas especificaciones</title>
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		<pubDate>Thu, 19 Feb 2009 15:24:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Contrato]]></category>
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		<description><![CDATA[Uno de los campos en los que más se demanda nuestros servicios es, precisamente, el de la programación o el diseño web a medida. Cuando el producto difiere de la idea que tenía el cliente y no hay acuerdo ni vía de solución se recurre a la vía legal mediante demandas civiles o mercantiles en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Uno de los campos en los que más se demanda nuestros servicios es, precisamente, el de la programación o el diseño web a medida.</p>
<p>Cuando el producto difiere de la idea que tenía el cliente y no hay acuerdo ni vía de solución se recurre a la vía legal mediante demandas civiles o mercantiles en las que el testimonio probatorio de un perito se hace necesario con el fin de aclarar los extremos más técnicos al juez.<br />
<span id="more-18"></span><br />
En realidad, el desarrollo del producto final viene determinado por la calidad de las especificaciones iniciales. Las partes de esta relación suelen estar en desacuerdo: una achaca la calidad del producto final a la falta de claridad y la abundante variabilidad de las especificaciones; la otra asume que las especificaciones están claras pero que el producto varía en la función final que debería tener.</p>
<p>La mayor experiencia entre la parte contratada o la contratante será la que imponga mayores restricciones y tenga mayor interés en que las especificaciones sean bien detalladas o que durante el desarrollo del proyecto se hayan anotado y comprendido bien.</p>
<p>Estas disputas ocurren en el ámbito de las aplicaciones a medida, del diseño web, del diseño gráfico, &#8230; Incluso en los casos de mantenimiento informático o asistencia técnica. Tampoco es raro verlas a la hora de adoptar unos protocolos de seguridad o de implementar un sistema completo.</p>
<p>Vuelvo a recomendar la redacción y firma de un <a title="Contrato" href="http://www.jesusnieto.es/2009/02/contratos-y-codigo-civl/">contrato </a>con el fin de evitar problemas.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Contratos y código civl</title>
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		<pubDate>Fri, 13 Feb 2009 10:57:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Jesús Nieto</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[abuso.]]></category>
		<category><![CDATA[Contrato]]></category>
		<category><![CDATA[mantenimiento]]></category>
		<category><![CDATA[peritaje]]></category>

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		<description><![CDATA[En nuestra rama, con en tantas otras, el acuerdo entre las partes a menudo se sella con un contrato. Lamentablemente hay otros muchos casos en los que no. Y tantos más en los que se parte de la buena fe previa dejando en el aire los aspectos más concretos del contrato como plazos, forma de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En nuestra rama, con en tantas otras, el acuerdo entre las partes a menudo se sella con un contrato. Lamentablemente hay otros muchos casos en los que no. Y tantos más en los que se parte de la buena fe previa dejando en el aire los aspectos más concretos del contrato como plazos, forma de pago, el presupuesto final o el alcance.<br />
<span id="more-14"></span><br />
Últimamente me consultan mucho sobre métodos de creación o resolución de contratos tecnológicos. Este concepto es un cajón desastre donde entra de todo:<br />
- Contratos de prestación de servicios informáticos.<br />
- Contratos de publicidad y posicionamiento en buscadores.<br />
- Contratos de diseño de imagen corporativa.<br />
- Contratos de diseño web.<br />
- Contratos de mantenimiento informático.<br />
- Asistencia y consultoría tecnológica.<br />
- &#8230;</p>
<p>Al final, mi recomendación es siempre la misma: es mejor ponerlo todo en el contrato y hay que desconfiar de quien desea obviar algunas partes.  Recordar también que todo contrato debe ajustarse a derecho y que las condiciones en ningún caso deben ser abusivas.</p>
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